Programa II. Contratación de personas jóvenes inscritas en el SNGJ por organismos intermedios sin ánimo de lucro - 2026

Desde 11 de junio, 2026 - Hasta 13 de julio, 2026

Categorías: Laboral

TR349Z - Programa II. Contratación de personas jóvenes inscritas en el SNGJ por organismos intermedios sin ánimo de lucro - 2026

Fecha de publicación: 11/06/2026

Fecha inicio de solicitud: 12/06/2026

Fecha finalización de solicitud: 13/07/2026

Objeto

Esta Orden tiene por objeto publicar las bases y convocar las ayudas para abordar acciones de fomento de empleo en colaboración con organismos intermedios sin ánimo de lucro para la contratación durante un período mínimo de nueve meses, de personas jóvenes, inscritas como demandantes en los servicios públicos de Empleo, y en situación de beneficiarias en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, con el objeto de proporcionarles una experiencia y práctica profesional que facilite su inserción laboral.

Características de la ayuda

Los servicios que se desarrollen deberán posibilitar a las personas contratadas la realización de un trabajo efectivo en tareas relacionadas con los fines de las entidades beneficiarias (tanto entidades locales como organismos intermedios), que les procure una práctica profesional necesaria para su integración sostenible en el mercado de trabajo, y no estar afectos al desarrollo de una actividad económica conforme a lo establecido por la jurisprudencia europea (se entenderá por actividad económica cualquier actividad consistente en el suministro de bienes o servicios en un mercado determinado).

Efectuada la selección de las personas jóvenes trabajadoras en la forma prevista, el organismo intermedio beneficiario procederá a su contratación utilizando la modalidad de contrato temporal. Se empleará el modelo de contrato de trabajo vinculado a programas de políticas activas de empleo, teniendo en cuenta que los contratos deberán formalizarse en el plazo y en los términos establecidos en la resolución concedente de la subvención y, en todo caso, con anterioridad a la finalización del plazo previsto (30 de octubre de 2026).

Cada contrato tendrá una duración mínima de nueve meses y una jornada laboral del 100 %, y ese será el período laboral máximo subvencionable para cada contrato.

Para la determinación de la cuantía de las subvenciones y su justificación, se empleará un método de costes simplificados conforme a lo dispuesto en los artículos 53.1.b) y 53.3.a) e i) del Reglamento (UE) 2021/1060, conforme al cual se establece un coste unitario por cada persona joven contratada a tiempo completo durante el período mínimo de 9 meses establecido en el art.6.c). En particular, para el cálculo del coste unitario, se tomaron como referencia las bases mínimas de cotización vigentes, según el grupo de cotización en el que se encuentren las personas jóvenes trabajadoras en cuestión, más la cotización empresarial a la Seguridad Social para los contratos de duración determinada, resultando las siguientes cuantías:

Grupos de cotización

Coste unitario

(9 meses)

1. Ingenieros/as y licenciados/as 23.606,03 €
2. Ingenieros/as técnicos/as, peritos y ayudantes titulados/as 19.576,17 €
3. Jefes/as administrativos/as y de taller 17.030,80 €
4 a 10. Ayudantes no titulados/as, oficiales administrativos/as, subalternos/as, auxiliares administrativos/as, oficiales y peones/peonas 16.902,64 €

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarios de este programa:

Los organismos intermedios sin ánimo de lucro que, a la fecha de publicación de la presente convocatoria, estén constituidos e inscritos en el correspondiente registro (de asociaciones, de clústeres empresariales, de asociaciones profesionales de trabajadores autónomos, de agrupaciones empresariales, etc) y dispongan de centro de trabajo en Galicia.

Se incluirán dentro de estas entidades:

- Asociaciones empresariales sectoriales o intersectoriales, y de carácter tecnológico.

- Consejos reguladores de denominaciones de origen protegidas, de indicaciones geográficas protegidas y de agricultura ecológica.

- Agrupaciones industriales empresariales (con personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro y domiciliadas en Galicia), que representen a un colectivo de empresas gallegas.

- Clústeres empresariales.

- Asociaciones de personas autónomas.


Publicación DOG

Ficha informativa sede electrónica

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